Menú
Características del Procedimiento Concursal
Concurso de acreedores
Toda persona física o empresa en estado de insolvencia actual o inminente debe, si no inicia uno de los procedimientos preconcursales, presentar una solicitud de declaración de concurso de acreedores. El incumplimiento de esta obligación puede implicar que se declare el concurso como culpable (TRLC art. 444).
El concurso es un procedimiento judicial en el cual una empresa o persona física, insolvente o en situación de insolvencia inminente, intenta llegar a un acuerdo o convenio con los acreedores que permita continuar la actividad la continuidad de la empresa o, en defecto de acuerdo, proceder a liquidar ordenadamente todos los bienes del deudor y distribuir el resultado entre los acreedores.
La presentación a los tribunales de la solicitud de concurso permite que se paralicen las acciones de cobros o embargos durante el proceso.
El acuerdo o convenio con los acreedores puede contemplar, entre otros, quita de deuda, alargamiento de plazos y ampliación de capital.
Si no hubiera acuerdo con los acreedores, se procederá a la liquidación de los activos del deudor y al pago de las deudas a los acreedores, según el orden de prelación de créditos establecido en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
El Concurso de Acreedores se desarrolla en distintas FASES.
Kinnaird puede participar en el concurso de acreedores como ADMINISTRADOR CONCURSAL designado por el juzgado correspondiente o como ASESOR DEL DEUDOR o en calidad de ASESOR DE LOS ACREEDORES.